Cómo entender y utilizar los poderes notariales

¿Acaba de firmar un poder notarial duradero? Tal vez haya tenido uno durante un tiempo, o tal vez alguien le haya nombrado su «Apoderado». Si es así, se ha redactado esta información sobre poder notarial.

(NOTA: Puede que no toda esta información se aplique a usted personalmente. Por favor, pida consejo a su propio abogado sobre su propia situación).

Sobre el poder notarial

Un poder notarial duradero puede ser el más importante de todos los documentos legales. Este documento legal da a otra persona el derecho de hacer ciertas cosas para el creador del Poder Duradero. Lo que es depende de lo que diga el poder notarial duradero. Una persona que da un Poder Notarial Duradero puede hacerlo muy amplio o puede limitar el Poder Notarial Duradero a ciertos actos.

De ahora en adelante, nos referiremos al otorgante del Poder Duradero como el «Principal». Y nos vamos a referir a la persona a la que se le ha otorgado el poder como el «AIF» o «Apoderado».

¿Para qué se puede utilizar un poder notarial?

Un poder notarial puede utilizarse para dar a otra persona el derecho a vender un coche, una casa u otra propiedad en lugar del mandante. Un poder notarial puede utilizarse para permitir que otra persona firme un contrato en nombre del mandante. Se puede utilizar para dar a otra persona la autoridad para tomar decisiones de atención médica, hacer transacciones financieras o firmar documentos legales que el Principal no puede hacer por una u otra razón. Con pocas excepciones, un Poder Notarial puede dar a otros el derecho de hacer cualquier acto legal que el Principal podría hacer por sí mismo.

Un poder «general» da al apoderado poderes muy amplios para hacer casi todos los actos legales que el mandante puede hacer. Cuando un abogado especializado en derecho de la tercera edad redacta un poder general, el documento sigue enumerando los tipos de cosas que el apoderado puede hacer, pero estos poderes son muy amplios, a diferencia de un poder «limitado». La gente suele hacer Poderes Generales para planificar por adelantado el día en que no puedan ocuparse de las cosas por sí mismos. Al hacer el Poder General, designan a alguien que puede hacer estas cosas por ellos.

¿Qué es un «poder notarial duradero»?

Los Poderes Normales terminan si y cuando el Principal se vuelve incapaz de actuar – debido, por ejemplo, a la enfermedad de Alzheimer. Si un poder termina en tales circunstancias, los poderes no serían muy útiles para ayudar a las personas a planificar que alguien actúe por ellos si no pueden actuar por sí mismos. Es precisamente cuando las personas ya no pueden actuar por sí mismas cuando un poder es más valioso.

Para remediar esta incoherencia, la ley creó un «poder duradero» que sigue siendo efectivo («duradero») incluso si una persona queda incapacitada. Lo único que distingue a un poder duradero de un poder normal es una redacción especial que establece que el poder sobrevive a la incapacidad del mandante.

Sin embargo, incluso un poder notarial duradero puede ser rescindido en determinadas circunstancias si se presenta un procedimiento judicial. La mayoría de los poderes realizados hoy en día son duraderos. En esta página web, cuando nos referimos a un «Poder Notarial», queremos decir que el poder es «duradero».

¿Debe una persona ser competente para firmar un Poder?

Sí. En el momento de la firma del Poder Duradero, el Mandante debe tener capacidad mental. Aunque un poder notarial duradero sigue siendo válido si una persona queda incapacitada, el poderdante debe entender lo que está firmando en el momento de la ejecución. Esto significa que una persona puede padecer demencia o Alzheimer o tener una capacidad mental limitada a veces, pero mientras tenga un momento de lucidez y sepa lo que está haciendo en el momento en que firma el poder, éste es válido, aunque después no recuerde haberlo firmado. En el momento de la firma, el poderdante debe saber qué hace el poder, a quién se lo da y qué bienes pueden verse afectados por el poder.

¿Quién puede actuar como apoderado?

Cualquier persona competente de 18 años o más puede actuar como apoderado. Ciertas instituciones financieras también pueden servir. No hay ningún curso de educación que los apoderados deban completar ni ninguna prueba que los apoderados deban aprobar.

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